Ordinaria
Resolución nº 2024/1741 sobre convocatoria de sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Arona
La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Arona ha emitido la resolución número 2024/1741, mediante la cual convoca a los miembros de la Junta de Gobierno Local a una sesión ordinaria el próximo día 5 de marzo de 2024. La reunión se llevará a cabo en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Arona, iniciando en primera convocatoria a las 09:00 horas. El orden del día incluye la aprobación del acta de la sesión anterior del 27 de febrero de 2024 y la toma de acuerdos respecto a la calificación de la oferta más ventajosa para los lotes 1 y 2 del expediente de contratación número 13/2023/P2, relativo al 'Programa Arona Previene' y 'Programa Jóvenes y Fortalezas'. Esta convocatoria es un trámite administrativo necesario para garantizar la continuidad de los servicios públicos municipales y la gestión eficiente de los contratos de competencia local. La información y expedientes relacionados con estos asuntos se encuentran a disposición de los concejales en la Secretaría de la Corporación para su consulta previa a la deliberación.
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Extracto de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Arona en sesión ordinaria del 5 de marzo de 2024 (Minuta nº 10)
En la sesión ordinaria celebrada el 5 de marzo de 2024, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Arona abordó dos asuntos principales. En primer lugar, se aprobó formalmente el acta de la sesión anterior tras una corrección técnica realizada por la Vicesecretaría General. En segundo lugar, se trató el expediente administrativo 13/2023/P2 referente a la licitación del servicio municipal denominado “Programa Arona Previene y Programa Jóvenes y Fortalezas”. Durante este punto, el órgano de gobierno acordó excluir de la licitación a la Asociación de Cooperación Juvenil San Miguel y a la Fundación Canaria Centro de Solidaridad de las Islas Canarias (Proyecto Hombre). Esta decisión se fundamentó en que ambas entidades incluyeron información económica valorable automáticamente dentro de la documentación administrativa, incumpliendo las normas de transparencia del proceso y el principio de secreto de las proposiciones, lo cual contraviene lo establecido en el artículo 139 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP). El documento refleja el funcionamiento administrativo interno del Ayuntamiento y la estricta aplicación de los pliegos de contratación pública para garantizar la igualdad de oportunidades entre los licitadores.
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